El sistema monetario moderno como el factor principal del conflicto social
EL SISTEMA MONETARIO MODERNO COMO FACTOR PRINCIPAL DEL CONFLICTO SOCIAL Y SU IMPACTO EN EL MUNDO DEL TRABAJO.
«Es más realista decir que los bancos» crean crédito «, es decir, crean depósitos en su acto de préstamo …» ¿Por qué los bancos no necesitan su dinero para hacer préstamos?.
Prof. Joseph Schumpeter.
INDICE
1.- ABSTRACT. PAG.2.
2.-PALABRA CLAVES. PAG 2.
3.-INTRODUCCION. PAG. 3.
4.-ANÁLISIS DE LO MONETARIO COMO FACTOR DE TENSIÓN ESTRUCTURAL DEL SISTEMA SOCIAL. PAG. 4.
4.1.-EL AGRAVANTE DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS. PAG. 8.
4.2.-LOS INTERESES EXCEDEN LA OFERTA MONETARIA PAG 10.
4.3.-LAS VIAS DE FINANCIAMIENTO DESCANSAN EN LA ABSORCIÓN EN EL RIESGO SOBERANO DE ULTIMA INSTANCIA. PAG 10.
5.-LA DEUDA IMPLICITA EN EL DINERO Y LA COMPETENCIA POR TRABAJO. EFECTOS DEL ENTORNO SOCIO-ECONOMICO COMO PLATAFORMA DE OPERACION DEL DERECHO LABORAL. PAG 12.
6.-LA EXPANSION DE LA OFERTA MONETARIA EN BASE A LA RESERVA FRACCIONARIA ES INFLACIONARIA. PAG. 20.
6.1.-CREDITOS PARA LA ADQUISICION DE CHEQUES. PAG. 22.
7.-LOS DOS INSTITUTOS LEGALES DE REGULACION MACROECONOMICO SUGERIDOS. SUS EFECTOS SOBRE EL VALOR TRABAJO. PAG. 24.
7.1.-INNOVACION ARGENTINA: REEMPLAZO DEL SISTEMA DE CREACION DE DINERO POR RESERVA FRACCIONARIA. PAG. 24.
7.2.-TIPOS DE DINERO Y RESERVAS INTERNACIONALES EN EL PARADIGMA DEL DINERO BAJO EL CRITERIO DEL INTERES PÚBLICO. PAG. 26.
8.-CONCLUSION. PAG 31.
9.- REFERENCIAS Y BIBLIGRAFIA. PAG 33.
1 – ABSTRACT: El planteo de la propuesta es destacar que hay un factor de riesgo implícito en el sistema de financiación bancaria que es, por lejos, la principal fuente de fogoneo de la conflictividad social y laboral regresiva. Tal mecanismo por lo general pasa de un modo soft por las líneas frecuentes de tratamiento de la conflictividad social, sobre todo, porque el desenvolvimiento de tal dinámica no es fenoménicamente explicito, en cuanto al carácter en que el complejo instrumental financiero enclava en el sistema social una praxis y un concepto de valor asociado al dinero, que por su normalización, pareciera no tener mayor relación de un modo decisivo con el conflicto social. Un dinero que, en su raíz, no solo esta disociado del vinculo adecuado con algún valor material en si, sino, que esta disociado respecto del dinero mismo preexistente como masa física circulante. Con lo cual, a esta altura del desarrollo del mecanismo moderno del dinero, nos encontramos, ya, ni siquiera en el grado del espejismo de la mercancía, sino, en el escalón del espejismo del espejismo del dinero.
2 – PALABRAS CLAVES: CREACION DE DINERO – DINERO FISICO – DINERO DEUDA- RESERVA FRACCIONARIA Y RESERVA EN LA UNIDAD-TRANSFERENCIA DEL RIESGO CREDITORIO.
3 – INTRODUCCION
Compartiendo que el campo central del análisis pasa por la relación básica existente entre el conflicto social y la conflictividad laboral en sus diversas formas, se propone por la presente tesis remarcar analíticamente la exorbitante incidencia conflictiva que irradia un factor en especial entre los múltiples que componen la complejidad del conflicto social.
Ese factor de mayor combustión del conflicto social es caracterizado en esta trabajo como el gran diferencial negativo de valor que existente entre el nivel del dinero circulante monetizado en la economía, respecto del constituido por el nivel acumulado de dinero creado ex nihilo en instrumenten no monetizados. Ese diferencial es de consecuencias negativas descomunales porque afecta los equilibrios básicos de la sociedad, en razón de que hay dos tipos de dineros, en donde, a expensas de uno, pequeño en magnitud, se las tienen que arreglar casi toda la sociedad para los menesteres de la vida, y con el otro, de enorme magnitud, y bajo dominio de algunas minorías, constituye un para extraer ingentes rentas del componente social total.
Entonces, el desafío teórico y de realidad es conectar las logicidades comunicantes entre el conflicto social y dentro de este dar razón adecuada del déficit existente entre estos dos niveles diversos de valor dinero.
Luego a la problemática básica descripta y analizada se la conectara con tres condiciones agravantes que tornan mas crítico el tema central del problema en su perspectiva social y económica.
El primer agravante esta dado por el modo en que los limites a la creación de valor dinerario, a media que se va complejizando la pirámide monetaria se van licuando, hasta que por gravitación de la lógica total de la pirámide se llega a la resultante de que no hay ningún limite a la capacidad de crear dinero.
El segundo aspecto puntual que acelera la espiral esta dado por la aparición en los últimos 20 años del fenómeno de los derivados financieros que en el mundo ha venido a disparar crisis enormes por el apalancamiento de los mercados, especialmente en el sector de la vivienda, que han hecho implorar el sistema financiero. Esas consecuencias fueron mal gestionadas desde los bancos centrales en tanto fueron conjuradas pero no superadas las causas ni los efectos que acarrearon.
Esas soluciones aparentes de las crisis importo transferir injustamente el costo del problema a toda la sociedad a través de distintos instrumentos de sofisticación financiera no ajena a una corrupción especulativa connatural al esquema de la dialéctica de la financiarizacion.
Este fenómeno de los derivados participa, entonces, de la misma esencia del problema principal y de ese modo confirma la genética de la causa de lo que se ha denominado aquí como el diferencial de valor deficitario entre el valor monetizado y el valor no monetizado creado como deuda en la economía.
El tercer elemento que agudiza la exacción de valor social son los intereses que se adosan una obligación de restitución de un valor real contra la existencia de una obligación de crédito. Este componente de remuneración del capital agranda el capital creado como crédito a partir de la incorporación de una deuda que no se afirma en un valor adicional del PIB.
Finalmente y ante la problemática descripta se plantea un camino de salida con dos vias sugeridas de solución que no son meramente teóricas, sino, que ya tuvieron una experiencia histórica allende y aquende las fronteras del país, lo que permite en principio afirmar que tuvieron aptitud de aplicación y no son meramente figuradas.
Estas dos vías de solución sugeridas se articulan a partir de la adopción de ciertos instrumentos monetarios y bancarios que fueron un punto de inflexión y de sentido inverso en relación al modo monetarista de entender estas funciones sistémicas del dinero y el valor.
Esos dos instrumentos son escogidos porque partiendo de principios diferentes al monetarismo tienden a corregir la inconsistencias básicas del sistema de los mecanismos modernos del dinero.
El primer instrumento sugerido, pasa por la necesidad de redefinir la función de los depósitos del público a partir de la idea de la revalorización de la noción de interés público y social.
Esa redefinición de la función de los depósitos parte de la necesidad de transformar la idea actual de que los bancos son simples intermediarios del sistema.
Para corregir ese entorpecimiento básica hubo en la historia argentina una legislación correctora que consistió en la nacionalización de los depósitos bancarios y su gestión por medio del instituto monetario del redescuento en las relaciones entre los bancos comerciales del sistema y el banco central.
En cuanto al segundo instrumento, este, se explica a partir de comprender que es imperioso restituir en la realidad argentina la vigencia de un instituto del sistema bancario y financiero de EEUU que fue conocido como el acta Glass Steagal de 1933. Este constituyó un sabio instrumento que fue derogada en la década del noventa y que tuvo su nacimiento en las circunstancias de ocurrir la crisis de 1929, conocida como la gran depresión en EEUU y el mundo capitalista desarrollado. Dicha acta legislaba sobre un tema espinoso, pero decisivo a la hora de definir el sentido social o elitista de la función del sistema bancario y financiero, como es la separación de la banca comercial y de inversión.
Por supuesto que estos dos instrumentos no son el fruto de una elección azarosa, pues, son propuestos en la idea desplegada de que son las claves de bóveda para re direccionar el conflicto social por un camino más libre en su dialectico desarrollo, de la acuciante presión extractivista del valor al que someten a la sociedad y al mundo del trabajo, los actuales regresivos mecanismos modernos del dinero.
4.-ANÁLISIS DE LO MONETARIO COMO FACTOR DE TENSIÓN ESTRUCTURAL DEL SISTEMA SOCIAL
Hay dos formaciones monetarias constituidas que rigen en el sistema social y económico que es preciso exponer claramente por las consecuencias estructurales que proyectan sobre todas las relaciones con contenido material susceptibles de valor económico. Una de esas formaciones está proporcionada por las magnitudes de dinero monetizado emitidas como tal por el estado, y por otra parte, está la formación constituida por el stock de obligaciones constituidas a partir de la expansión de dinero creada ex nihilo mediante la concesión de créditos a cargo de los bancos comerciales.
Esto explica que del total del dinero del régimen monetario tenemos que no todo el dinero del sistema es de la misma naturaleza, pues, uno es dinero monetizado y el otro es no monetizado.
El primer tipo de dinero es el dinero que efectivamente ha sido emitido como papel moneda y constituye el circulante del sistema. Es la denominada base monetaria que está compuesto por el dinero que está en poder del público y las empresas, más los depósitos a la vista en el sistema bancario. Y la otra categoría del dinero existente es la que debe su objetividad sistémica a una mera creación bancaria y financiera mediante un deposito que es girada como deuda en manos de privados que será cancelada por el banco ante un tercero, o por el banco de este tercero, que sea co-contratante por alguna operación jurídica con el titular del préstamo.
La diferencia es de esencia y de existencia, pues, mientras uno nace por impresión y emisión siendo , por lo tanto, un billete físico que circula de mano en mano de las personas que van contratando transacciones reales de la economía, el otro, nace directamente como deuda a partir del pedido y concesión de un préstamo el cual es anotado electrónicamente a la vez en la contabilidad bancaria, tanto como depósito y como crédito.
La cuestión central que genera un desequilibrio estructural está en que régimen moderno monetario, el criterio para crear dinero es denominado de la reserva fraccionaria. Esto significa que los bancos están obligados a mantener como coeficiente e liquidez solo una fracción, del total del dinero físico depositado.
Es decir, por cada 100 pesos de depósito luego la lógica del sistema bancario termina creando 900 pesos.
El sistema monetario no puede funcionar , entonces, si no se lo estimula con demandas de crédito , pues, ante la solicitud de un préstamo se activa un mecanismo contable que lo lleva a ampliar el balance, y en consecuencia, a crear en el mismo momento en que consolida el crédito en el pasivo, a crear el depósito correlativo en el activo.
Cuando el banco libra un crédito lo que hace es firmar un pagare , una deuda que esta dada por el crédito que va a formalizar en la cuenta del prestatario, pero, a la vez debe darle una causa contable y por ello esta constreñido a registrar una entrada por el lado del activo y esa entrada es un deposito.
Este mecanismo de creación de dinero a partir del crédito es en principio hasta un limite que es el que marca la el coeficiente de reserva fraccionaria. Esto significa que la expansión de crédito es multiplicada tantas veces hasta el límite de el porcentual de reserva depositado lo autoriza.
Sin embargo, finalmente este límite puesto por el coeficiente de reservas es licuado en otro circuito de operación de los bancos, que es cuando operan entre si, en un segundo nivel. Es el denominado mercado interbancario.
En este segundo nivel de la pirámide del valor es el ámbito donde los bancos se cancelan entre si las operaciones que se han desarrollado en el primer nivel.
Es que la cancelación de las obligaciones bancarias se realiza en este segundo nivel a través de compensaciones mutuas que hacen los bancos en las reservas liquidas que mantienen en el banco central.
Esto significa que un banco puede crear créditos por arriba de lo que le autoriza el coeficiente de liquidez en el primer nivel de operaciones, porque si lo excede, ocurre que en el segundo nivel lo compensa de otro banco o lo pide de otro banco, compensándose en las reservas que estos tienen en el banco central. Por eso se afirma que en definitiva los bancos cuando recorren todo el circuito de los niveles de los distintos dineros, terminan por no tener límites en la creación de dinero. Porque lo que fue limitado por el coeficiente de liquidez de la reserva fraccionaria entre depósitos y créditos, en el segundo nivel es admisible sobrepasarlo, porque se lo suministrara otro banco comercial.
Y si un banco o ningún banco comercial con sus reservas no pueden o no quieren prestarlo al banco que le falta reserva para absorber los importes creados mediante créditos, lo hace el propio banco central.
Por esta razón es que se afirma acá, que el diferencial negativo que es un déficit entre el dinero monetizado respecto del dinero creado a partir de este, lleva a redefinir roles claves del dinero de manera distinta a la forma del entendimiento usual.
Una de ellas implica que la oferta monetaria no la controla el estado, el poder público, sino, por el contrario, la controlan los bancos comerciales.
Esta afirmación corre a un lado la percepción frecuente de que el banco comercial es mero intermediario entre la oferta y la demanda de dinero. Este cuadro descripto está muy lejos de la percepción de lo que realmente ocurre en los hechos. El banco comercial presta in totum mucho más dinero de lo que tiene depositado. Por lo tanto, la diferencia se explica porque llega a expandir su volumen general, en virtud de una creación ex nihilo.
Por supuesto que esta descripción chocha de entrada con la idea de que el dinero in totum es creado por el estado mediante su autoridad monetaria central. En efecto, no es así, el dinero del sistema es creado mínimamente por el estado, en tanto, el resto y por abrumadora proporción mayoritaria es creado por los bancos comerciales a través de un mecanismo que ha sido denominado en el mundo como el sistema de reserva fraccionaria de creación del dinero.
El tema seria simplemente académico si no fuera que entre ambas categorías de dinero existentes en el sistema económico, consta una relación de determinante a determinado que es muy importante a tener en cuenta por el rol y lo limites de expansión que tiene y juega cada nivel.
4.1.-EL AGRAVANTE DE LOS DERIVADOS FINANCIEROS.
Y a eso hay que sumarle que en los derivados financieros, es decir en los activos no líquidos ni siquiera hay encaje o coeficiente de caja, es decir, que en estos instrumentos el margen de creación de valores deuda del sistema es infinito. Luego, y, si a eso se le suma, que la imposición de intereses constituyen otro agregado dinerario que es creado sin convergencia de aproximación a contrapartida material alguna , obtenemos que tal déficit se revelara amplificado aun mas, agravando la presión sobre los precios.
Estos mecanismo de excedencia de moneda o dinero incuban un proceso inflacionario estructural, pues, el dinero creado por el multiplicador bancario de reserva fraccionaria y los intereses en los hechos de la economía, como no están emitidos como moneda física en la economía, terminan generando inflación. Generan inflación estructural porque las obligaciones nacidas del crédito como obligación creada, al ser mayores que el dinero físico existente, lleva a que se busque compensar ese faltante mediante la suba de precios de las cosas. Y a la inflación le sigue el problema de los impagos y las insolvencias, porque hay un diferencial de obligaciones de pago que no tienen correlato en la cantidad de moneda con que debe cancelarse esas obligaciones.
Es un fenómeno extraño porque la inflación en consecuencia se produce por dos causas monetarias, una cuando la cantidad de moneda es mayor que la cantidad de bienes. Es decir cuando los bienes son escasos en relación a la cantidad de moneda. Este sería el caso clásico pero el menos dado en la realidad porque en Sudamérica el problema es no es porque el público tenga medios monetarios excedentarios a los bienes.
El otro caso es una variante compleja de la anterior, pero es esta variante la más constante e inherente al sistema mismo, porque radica en que hay un desfasaje entre el dinero -deuda que no está monetizado porque fue creado ex nihilo y los medios de pago en papel moneda que resultan ser muy inferiores en cantidad respecto de aquellos. Y antes de hacer ingresar en esta variante la cantidad de bienes. Hay que decir, que aquel desfasaje entre el dinero monetizado y el dinero no monetizado, ya de por si es inflacionario y, además, prolegómeno de insolvencias seguras, porque las obligaciones no podrán ser cumplidas en su totalidad porque no hay la cantidad de moneda en el circulante que sea proporcional a los valores de las obligaciones de pago creadas por el dinero emitido como crédito- deuda. Por eso la salida forzada es mas y peor de lo mismo, pues, el camino es reprogramar en el tiempo los pagos devengados con mas crédito-deuda-creado ex nihilo. Por eso se habla aquí de diferencial negativo de valor que afecta nocivamente el desenvolvimiento del sistema social.
Ese diferencial negativo es un déficit estructural del sistema que impacta directamente y de modo especial en la conflictividad socio-laboral, pues, implica un factor motriz que combustiona permanentemente hacia el desguace de las relaciones sociales y laborales en ese orden. Y esa presión es de una fuerza destructiva como ningún otro integrante causal del agregado social.
4.2.-LOS INTERESES EXCEDEN LA OFERTA MONETARIA.
Cuando en un sistema bajo reserva fraccional dado se emiten préstamos con intereses se produce un resultado inconsistente que plantea, como se resuelve tal aporía. Como el suministro total de papel moneda es limitado en un periodo de tiempo, resulta que la cantidad total adeudada en intereses pendientes excederá la oferta monetaria. Por lo tanto salta un déficit de medios de pago que quedan muy por debajo de los niveles totales de deuda sistémica. Esa es la aporía.
Esto confirma lo que pasa con la creación de la mayor cantidad de dinero bajo el sistema de reserva por fracción. Ya que los bancos operantes en un periodo dado en realidad tienen solo una reserva fraccionaria de fondos, mientras que, en contraste, la economía medida en su totalidad, es decir, como conjunto posee más giro obligacional del dinero de lo que existe positivamente dado en la realidad. En definitiva se debe más a si misma de lo que tiene.
Por esta razón la alternativa al callejón sin salida que el sistema brinda es una solución equivalente a la misma naturaleza de la causa que lo genero, que es el recurso de los bancos a imprimir más deuda, creando más dinero, o, lo que es lo mismo, lo hacen pagado, a la postre, con creciente inflación.
Una economía puede prolongar su velocidad monetaria estándar si hay suficiente movimiento circular para que el deudor sufrague su interés, sin embargo, dado que el interés se acrecienta, asciende a una secuencia exponencial: ergo, con el transcurrir del tiempo, las deudas totales sistémicas, de seguro, excederían las monedas físicas en circulación disponibles para pagarlas.
4.3.-LAS VIAS DE FINANCIAMIENTO DESCANSAN EN LA ABSORSION EN EL RIESGO SOBERANO DE ULTIMA INSTANCIA.
En general en todos los sistemas bancarios tanto europeo, de EEUU y Latinoamérica se identifican con una constante, que son cinco los grandes canales de financiación de la sistémica bancaria: (1) financiación interbancaria, (2) depósitos de la clientela, (3) emisiones de valores de deuda, (4) facilidades del banco central y, finalmente, (5) el propio capital de las entidades.
La crisis del 2008 y sobre todo su posterior secuela, ha llevado a una crisis de cada uno de estas vias de financiación, en general disminuyendo su caudal y volviéndose inconsistente, lo cual ha llevado a que dependan mas del endeudamiento soberano, que en la jerga especializada se la denomina con la frase de facilidades del banco central (DANIEL MANZANO Y PAULA PAPP 2012).
Esto explica que el proceso de creación de financiamiento de todos estos segmentos se hace en base a deuda que o tiene correlato en contrapartidas de valor que constituyan una fuente de financiamiento solvente. Por esta razón es que si lo siguen haciendo es porque las creaciones deficitarias de deuda las van transfiriendo al riesgo soberano que la absorbe mediante el mecanismo de facilidades del banco central.
Es claro que la liquidez termina siendo un pasivo por socialización que lleva adelante el estado mediante la asunción del riesgo final del la dinámica de financiación bancaria.
Esto pone en crisis el fundamento de la banca libre en cuanto sostienen que los encajes en la unidad , es decir, cien por ciento de encajes, ya que piensan sus defensores que el estado no puede tomar esta medida porque afecta el derecho de propiedad y la libertad contractual ínsita en el contrato de depósito.
Lo cierto es que el sistema de naturaleza privatista de la captación de fondos mediante el contrato de depósito no funciona en la práctica porque si el estado deja que opere libremente y auto sostenido.
Más allá de la discusión de la naturaleza jurídica y económica de si es privatista o no la regulación legal en el sentido contrario a la reserva fraccionaria de los depósitos respecto del uso de los ingresos al sistema, lo cierto es que la praxis histórica demuestra que no hay crisis del sistema donde la insolvencia sea asumida por estado y transferida mediante un proceso de socialización de las perdidas.
De un informe del 2012 del Banco Central Europeo (BCE) se hace eco y analiza la profunda transformación de la financiación de la banca europea como consecuencia de la crisis global. Ahí se subraya que la desconfianza sistémica se observa en el aumento sustancial de las transacciones realizadas a través de cámaras centrales de contrapartidas frente a la clásica operación bilateral. Esto se explica por el cierre de operaciones de crédito entre bancos y usuarios del servicio bancario, pero que no son cancelados en dinero físico tampoco luego en el nivel del mercado interbancario banco contra banco en na operatoria bilateral, sino que son absorbidos mediante las cámaras de contrapartidas, es decir, en un ámbito donde participan todos los bancos asociados a las cámaras de agrupamiento. Esto es sintomático de las dificultades de cerrar y liquidar el devengado, ya que no se liquida o destruye deuda entre los contrayentes del contrato de crédito, tampoco entre los bancos de los co contratantes, sino que tiene que ir a cámaras centrales de compensación de operaciones de balances en ordenadores, para poder estabilizarse relativamente, pero, que siguen sin cancelarse porque el proceso sigue hasta la transferencia del riesgo a la deuda soberana donde y a pesar del lago derrotero de sofisticación de instrumentos bancarios y financieros el dinero físico fue abstracto, fue un espejismo del espejismo de la mercancía.
5.-LA DEUDA IMPLICITA EN EL DINERO Y LA COMPETENCIA POR TRABAJO. EFECTOS DEL ENTORNO SOCIO-ECONOMICO COMO PLATAFORMA DE OPERACION DEL DERECHO LABORAL.
El alto nivel de apalancamiento en la creación del dinero a partir de la deuda mediante los créditos determina que lo que se debe a los bancos sera siempre mayor al dinero monetizado en el circulante.
Este escenario de obligaciones muy por encima de los medios para cancelarlas, obliga a una competencia excluyente por trabajo por parte de los sujetos del sistema económico y monetario.
Es una competencia destructiva en el sentido de que la cantidad de medios disponibles para pagar las deudas, no proporcionara las respuestas monetarias efectivas para todos los agentes del sistema. Por lo tanto esta dinámica es marginante ya que los impagos primaran y ello obligara a su vez a recurrir a mas emisión monetaria en la forma de creación de dinero mediante préstamos-deuda para evitar que se ejecuten en los bienes los impagos.
El dinero emitido en base a la reserva fraccionaria como es básicamente dinero creado a partir de los prestamos-deuda del sistema lleva a que se paguen deudas solo en un sentido formal y no con valor real.
Es decir, los pagos del sistema bancario son mediante un dinero que no es trasferencia de dinero monetizado, ya que se pagan mediante la ampliación del balance de los agentes económicos que operan en el sistema bancario.
Son figuras creadas en el debe y el haber de los bancos el modo en que en apariencia se cancelan las obligaciones del mundo real.
Por su parte la cancelación real la tendrá que hacer el agente del sistema que asume la condición de prestatario, mediante la devolución del préstamo con valor real de dinero monetizado o con mas deuda para evitar caer en situación de insolvencia.
Por lo tanto el sistema bancario cancelo sin haber colocado una contrapartida en papel moneda, lo que si estará a cargo del prestatario luego de que el sistema canelo la operación en si que dio origen al préstamo.
El problema de esta operación de pago de activos no líquidos (un lote) mediante asientos contables en el debe y el haber de los bancos, es que los bancos reciben valor real a partir de haber puesto en función mecanismos meramente formales de cancelación bancaria.
Existe en esto un mecanismo de transferencia de la economía real a la financiera y bancaria que es de una suma injusticia.
Además la pregunta que se impone por sí misma es cómo es posible que esta creación de dinero a partir de los depósitos,, que es naturalmente una cuestión de interés publico, sea concedida a los bancos comerciales.
Es un privilegio sin justificación alguna que el estado confiera a privados el beneficio de una prerrogativa que no podrían obtenerse nunca sino es a partir de una cesión del poder público al trust bancario.
Es más el sistema de reserva fraccionaria que usan los bancos privados tampoco cerraría si no participa el banco central que termina siendo el agravante y el financista de última instancia, mediante la emisión de deuda soberana para sostener los mecanismos descriptos.
De más está decir la mayor vigencia y efectividad del derecho laboral como regulados del conflicto está ligada al supuesto de un crecimiento del PIB más que por el aumento del dinero creado sin el correlato en el ahorro fruto del excedente económico del PIB.
El derecho laboral como regulador y repartidor del valor generado en el mundo del trabajo tendrá su plena significación en una hipótesis de crecimiento del PIB por expansión real de su volumen, porque eso es lo que le da sustentabilidad al crear valor como correlato de un dinero inherente a los bienes producidos.
Hay dos tipos de conflictividad social, una originada en la disputa en un marco de decrecimiento del PIB, y otra en un marco de crecimiento neto del PIB. Cuando la actividad económica se contrae el derecho laboral reparte valor de modo regresivo porque lo efectúa en un marco de restricción de la masa total del PIB.
Al contrario cuando la actividad económica sigue un ritmo de círculo virtuoso en la creación de valor por aumento de las cantidades adicionales al PIB , ahí el derecho laboral funciona como asignador de valor progresivo por que lo hace en un marco de expansión del PIB.
Por supuesto que esas dos funciones de asignación de valor con sentido regresivo y progresivo, según sea el contexto económico, son resultados que no están como objetivo en las normas endógenas al sistema del derecho laboral, pues dependen de condiciones económicas trascendentales a su objeto per se.
Son efectos sociales y económicos que surgen de la formulación de un análisis económico a partir de hacer una sociología del derecho laboral.
Lo que surge del análisis sociológico del derecho laboral en sus consecuencias económicas y sociales, lo exceden en sus fines intra orden normativo laboral.
Mirado desde el sentido externo a la actuación del derecho laboral varía según sea el sesgo de la actividad económica, es decir, si esta incardinada a crear valor por crecimiento del PIB, en vez de hacerlo por aumento de las magnitudes de moneda creada por lo bancos comerciales.
En este último caso estamos en presencia de un crecimiento insustentable que termina siendo reductivo del terreno de actividad económica sobre el cual esta llamado a operar el orden jurídico laboral.
Un ejemplo muestra claro este tema, en el caso de las políticas de crédito para la compra de vivienda objetivo preferido de los regímenes monetaristas para demostrar que hay actividad económica, en realidad lo que hacen es aumentar la cantidad de dinero-deuda pero no aumentan la actividad por el lado de la creación de valor-dinero-PIB.
Hay más créditos, o sea, hay mas deuda, por lo tanto hay mas obligaciones que pagar y devolver un dinero, que no fue causado ni es efecto de un excedente del crecimiento real de la economía, fue simplemente el fruto de operaciones de ampliación de la masa dineraria total llevada a cabo por los bancos comerciales a través de la sofisticación financiera en la creación de dinero.
Esa ampliación de la masa de dinero total se obtuvo por la vía de la creación de valor dinero-deuda y por la vía de la formidable manera de inflar burbujas de valor financiero a través de los instrumentos de sobre negociación de títulos de deuda en una lógica de espirilazacion ascendente.
Se verifica esto en el mercado de la vivienda cuyo crecimiento esta apalancado en el crédito-deuda, por lo tanto su primer efecto es el aumento de la cantidad de dinero total, pero como no hay creación de valor neto, lo que estamos haciendo como sociedad es aumentar la velocidad de las operaciones de compraventa de unidades de vivienda con un mero interés especulativo en hacer diferencias de rentas por sobre negociación de esos bienes ya producidos en otro periodo del PIB.
El aumento del dinero deuda lo que hace es subir los precios de las unidades ya existentes y que se mantendrán constantes y por arriba del crecimiento potencial del PÍB, que no llegara en la medida suficiente en modo alguno para a liderar un cambio de tendencia, si no cambia la lógica de creación de valor por dinero-deuda.
Es decir hay un resultado que no hace falta esperar el despliegue de la praxis para deducir que tal como están pre dispuestas las lógicas de los dineros, dinero- PIB y dinero –deuda, el crecimiento del valor real estará por debajo y muy por debajo del ritmo de la creación de valor por medio del dinero del ordenador del sistema bancario y financiero .
Pero atención que este fenómeno del déficit estructural de la organización económica no solo se expone en el caso de los ya mencionados mercados de la compra –venta de la vivienda transaccionados en base al dinero-deuda, sino, también en el caso de otros mercados, de los automóviles y de la construcción de vivienda inclusive, donde aun cuando se verifica la creación de unidades nuevas del PIB, lo mismo ese crecimiento es anulado porque se trata de un crecimiento relativo abastecido desde el lado de la oferta y la demanda en base a políticas de crédito expansivo
Como aumentan las cantidades de bienes por un aumento del dinero-deuda, ese crecimiento en algún momento tiene que descontar la incidencia del pago de la deuda y como el costo total de ese financiamiento es muy superior a la producción de valor medido por el PIB, se estanca y decae abruptamente porque no se puede destruir esa deuda (pagarla) porque el dinero-obligación que representa ha nacido y ha crecido en forma geométrica respecto del valor PIB. En otros términos el valor PIB del crecimiento no puede amortizar el valor del dinero deuda que ha incidido de modo excepcional en el crecimiento. Porque no se puede acoplar el crecimiento por reinversión (ahorro) con el crecimiento por inyección de valor del dinero deuda? Porque la inyección de dinero deuda no ha sido un ahorro y por lo tanto no hay productividad que lo sustente, por eso, cuando se crea dinero ex nihilo que no es reinversión y se lo inyecta a la economía, el ciclo de crecimiento solo puede sostenerse con deuda, porque no es proporcional a ello el valor del dinero ligado al PIB. Se produce más, se consume mas, pero como la deuda para producir es mayor que el costo de producir y como la deuda tomada para consumir es mayor que el ingreso salarial de las familias para absorber ese consumo, a la hora del balance neto, este no puede arrojar otra cosa que resultados de deuda y por ende de insustentabilidad.
El dinero deuda que se aplica a un ciclo de actividad económica es muy costoso de modo inherente a su atributo esencial, porque nació sin contrapartida en la realidad productiva. Agravado, por la exigencia de ganancias adicionales, por efecto de la sobre negociación o securitizacion de los títulos de deuda, tramo donde se prometen rendimientos y comisiones por la colocación de esos títulos.
Las crisis de los mercados apalancados no es otra cosa que la imposibilidad del proceso de creación de valores del PIB, de sostener el recupero del capital y los intereses de la deuda creada ex nihilo. Esa deuda es cara per se, porque se emiten incluyendo ganancias agregadas que deberán ser distribuidas a otros agentes intermediarios que se incorporan a la cadena de la sobre negociación de esos títulos de deuda en los mercados financieros.
Por esa razón es que no hay proporción entre los valores adicionales del PIB y la deuda corporativa que, no es otra cosa, que la creación de dinero – deuda ex nihilo ajeno al PIB.
Estas crisis se desencadenan por agotamiento del aguijón de la ganancia que exige la renta financiera, es decir, se precipitan las crisis cuando el PIB no puede sostener el pago del mayor valor de la deuda creada ex nihilo, esto es, sin contrapartida alguna de valor captado como ahorro.
Estas crisis producen pobreza y en un marco de pobreza que se extiende, ocurrirá que la conflictividad social crecerá, pero, el terreno de operación del derecho laboral perderá, se achicara como plataforma objetiva de aplicación. Porque cada vez habrá, menos trabajadores y producción. Es decir, el trabajador, como sujeto colectivo, se contraerá en volumen cuantitativo y cualitativo. Sería una reducción socio-económica del ámbito subjetivo de aplicación de la norma laboral por un efecto negativo y objetivo de la macroeconomía, que redundara en la contracción del sujeto colectivo.
El cuello de botella viene dado porque prima ese dinero que no ha sido creado en términos de crecimiento productivo por eso no lo dispone la sociedad, es decir, no ha sido creado por la estructura económica y por ello no ha sido distribuido y quedado en poder de los trabajadores y las familias que protagonizan esa actividad productiva, sino que lo han usado como una concesión del sistema financiero sin contrapartida real.
El tema de la contrapartida que falta en la creación del dinero – deuda, es decisivo a la hora consolidar la dinámica nociva de una actividad material y económica de la sociedad que es promovida por un dinero que no existe en términos de existencia en la actividad económica y esa inexistencia, luego, se traduce en depresión económica, en impagos, en insolvencia.
Es como que los sujetos de los diversos sectores económicos que operan con el sistema bancario y financiero al asumir la devolución de un crédito basado en una deuda creada como depósito en el sistema, se ciñen a una obligación de obtener ingresos que objetivamente no están en la realidad de la economía.
Todo esto es matemática o lógicamente así porque el único factor que distribuye valor en los agentes económicos es la primacía de una actividad que en su esencia tenga como ley interna distribuir salario y rentas, que participen del crecimiento del valor medido por el PIB.
Por lo tanto, el crédito, es sustentable, cuando el sistema bancario pone algo sobre la mesa como contrapartida, por ejemplo un aumento de los depósitos, es decir, una variación positiva del ahorro, en tanto ello significara que los trabajadores y empresas disponen de un crecimiento promedio de sus ingresos y rentas ligados al PIB. Los bancos no esperan la contrapartida en el PBI para aumentar los prestamos, prestan, ojalá haya crecimiento cero, o, negativo. “No esperan” es un decir, pues, es la esencia del sistema de la reserva fraccionaria, prestar sin contrapartida real.
Será solo un crecimiento del bloque de obligaciones de devolver dinero, puros valores nominales, para transpolar el máximo de valor real de los factores y vectores que al producir por debajo del promedio de aquella deuda, están obligados en modo constante a persistir en la deuda. Pagar, en este caso, es alargar la vida de la deuda, por más compromiso asumido en dinero- crédito.
Por eso, la solución de macroeconomía, es transitar por las crisis con más deuda porque no se generan contrapartidas de valor real que sustenten en el tiempo ese crecimiento. Las crisis que no reconvierten la lógica de la creación del dinero-deuda, a cada paso están determinadas a confirmar la tendencia de entrada que ocasiono la crisis.
Las crisis sobre avisan que vendrán de cara al decurso económico, en tanto, la sociedad se oriente en girar masivamente créditos en dinero, sin contrapartidas de valor económico equivalentes a una efectiva creación de valor como producto bruto nacional. Girar 100 pesos en préstamos por crédito – deuda, cuando no hay en bienes y servicios un valor equivalente a 100 pesos ya generados por el crecimiento global del PBI, es haber girado un crédito con alto riesgo de impago.
Es decir, la carrera entre obligaciones a pagar un valor que no ha sido producido, o, es alto medido respecto de las cantidades de bienes existentes del sistema, será perdida por el sector o clase que asumió esos compromisos.
Esa carrera está establecida como perdida para los sectores obligados a devolver los valores del crédito – deuda, porque la multiplicación del dinero bancario es geométrica en relación a la creación de dinero generado por el crecimiento del PIB.
La mayor bandeja de dinero – deuda creada es un estancamiento objetivo al crecimiento real, porque dispara los precios del sistema económico que se dinamizan a la suba hasta absorber por equilibrio gravitacional los bienes existentes. Es decir, que la inflación estructural e inherente al sistema evita dejar lugar, tiempo y accesibilidad a los recursos para dinamizar una actividad real productora de bienes.
El mayor volumen de dinero deuda comparado con los valores dinerarios afirmados en el crecimiento proporcional del PIB, va a precios de los bienes del sistema económico, porque se desata una competencia por captar valor real para cubrir las mayores valías del dinero deuda.
Si hay que pagar 100 de deuda y el valor de los bienes existentes no ha crecido en cantidad y su valuación es 60, entonces por el diferencial deficitario de 40 pesos se desata una competencia entre los sujetos obligados a devolver los 100 pesos, y esa competencia es la que hace que cada competidor suba sus precios para captar la renta suficiente.
Por eso se produce la crisis porque se desata una competencia salvaje por pagar una deuda en dinero cuyos valores correlativos no ha sido producido por mayores cantidades de unidades adicionales al PIB.
Es ir a buscar un valor que no está porque no hay mayor cantidad de bienes que lo provean. Por eso la competencia se hace crítica y se hace crisis porque todos buscan pagar con suba de los precios respecto de los bienes que disponen en tal situación. La suba de precios es el intento de captar renta para no quedar envilecido ante los mayores compromisos que el sistema ha devengado ante las obligaciones creadas por el dinero-deuda.
Esa competencia es destructiva de los que menos bienes tienen para competir en la carrera de la suba de los precios. En esa carrera ganan los que por posición dominante y situación de inelasticidad de la demanda, tienen margen de subir los precios, pero eso genera una liquidación por exclusión económica de los agentes que no tienen ese poder de imposición en el mercado.
Así el modo de producción se distorsiona a más no poder, pues, se oligopoliza y/o monopoliza como esquema económico por el lado de la oferta y se suprime consumo por caída y eliminación de los ingresos por el lado de la demanda. La mayor oferta monetaria cuando es decidida por privados y va dirigida a la oferta de factores de la producción, se organiza en función del interés propio del mayor costo –beneficio, y no en el interés de la satisfacción masiva de la demanda.
6.-LA EXPANSION DE LA OFERTA MONETARIA EN BASE A LA RESERVA FRACCIONARIA ES INFLACIONARIA.
Ya se ha desarrollado que la expansión monetaria basada en prestamos-deuda, por no ser fruto de un crecimiento neto del PIB y por lo tanto, de crecimiento previo de los salarios, el primer efecto que genera es hacer aumentar los precios, pero, es preciso detallar un poco más este tema por su relevancia.
Hay que tener siempre correlacionado que una expansión de créditos, es inherente al sistema de la creación de dinero mediante la reserva fraccionaria, y también puede que se expanda porque de modo especial y por razones especulativas, se decide inyectar dinero de crédito de modo selectivo para provocar burbujas, o si fallan estas, por el arbitrio de salvatajes financieros, en todos estos casos, solo hay creación ex nihilo de dinero-deuda, y es, por lo tanto, ajeno a todo lo que sea un crecimiento de la moneda por un beneficio neto en la riqueza.
Es decir, si la sociedad y su sistema bancario se inclinan por el financiamiento fundamental por el lado de la oferta de crédito, es, porque, la riqueza actual de la sociedad no está beneficiando en forma neta a los agentes del sistema. En otros términos, sea por inequidad o por lo que fuere, el ingreso nacional no está arrojando beneficio neto, y ese déficit estructural de ingreso abre el camino para que ese esquema económico se incline hacia el mayor flujo de oferta monetaria mediante el crédito -deuda. Subirán lo precios de los bienes existentes por rama o en general, porque hay mayor proporción de dinero para una cantidad constante de bienes escasos en relación relativa. Este es un esquema que le convienen a los bancos porque ellos dependen de la ganancia mediante la creación de dinero-deuda, y por esa razón es que harán o trataran de hacer depender lo más posible el cuadro económico deficitario de la deuda. Por supuesto que lo que se dice en esto es bajo el presupuesto de que la ampliación de la oferta monetaria es decidida por los bancos comerciales, pues, bajo el sistema de reserva fraccionaria clásico, el régimen es de libertad de mercado.
Un flujo de crédito de esta naturaleza inyectado en la economía a través de los bancos comerciales, en principio produce el efecto de una inversión, pero, como va atada a una especulación porque de raíz estos flujos fueron puestos a disposición en condiciones más o menos, baratos y sumamente flexibles en su accesibilidad, llevan consigo la semilla de la burbuja especulativa.
La especulación que genera es porque se busca acceder a estos créditos para captarlos con fines acaparar ciertos bienes seleccionados de la economía real. Porque son bienes que por su condición de valor refugio, tienen una demanda constante (inelásticos como demanda). Por esta razón es que ese dinero fácil que ingresa, no se canaliza como flujo de dinero accesible en función de todos los bienes, sino, exclusivamente sobre aquellos con los cuales se pueda obtener más margen de ganancia. Es decir que, estos bienes, son elegidos por su capacidad de soportar una sobre negociación de los certificados de compra. Aquí entra a jugar el caso de la securitizacion, es decir, la negociación de los títulos representativos de una deuda, hipotecaria por ejemplo.
Por efecto de esta sobreoferta de dinero –deuda, se da lugar a un inversión, a una especulación porque se dirige a mercados que tienen un margen largo de suba de precios, y, a la vez, de retorno de ganancias estimada como segura, por lo tanto la constante de esta lógica es que se forme una espiral de inflación y de posible riesgo de colapso de pago, por insolvencia.
Ahora bien, esa inflación, como ha sido inyectada por sobre oferta de dinero- deuda y no ha sido fruto de un crecimiento de la capacidad y el excedente que pueda producir, obligara en el futuro a comprar más caro esos bienes generados.
Por lo tanto la facilidad cuantitativa del dinero deuda de hoy, llevara, mañana los precios a un nivel más alto y, por ello, a demandar más dinero para pagar esos bienes. Pero como esos bienes no son consecuencia de una capacidad de la economía para generar ingresos que puedan absorber esos mayores precios, no quedara otro camino que confirmar la regla del sistema y volver a comprar con más dinero emitido mediante una expansión monetaria puramente formal sin valor per se.
Cuando esto se configura es porque no hay excedente económico suficiente, o, si es más o menos considerable, éste termina siendo apropiado en termos de disposición efectiva de ese dinero, por algunos agentes económicos prevalecientes en perjuicio del resto mayoritario de los agentes económicos y sociales.
Los bancos argentinos en tiempos recientes ,año 2017, han diseñado nuevas líneas a partir de la potenciación de otras que ya existían que son, en su sofisticación creativa, una prueba de que en cada producto que se conceptúe bajo el sistema de creación de dinero ex nihilo basado en la reserva fraccionaria, lo único que se logra es confirmar el extractivismo de valor desde la economía real hacia la economía financiera. Es de nunca pagar ese dinero y por eso se convierte en una polea de transmisión permanente de valor desde lo real hacia lo virtual. Son soluciones agravantes de la letalidad del sistema precitado. Veamos cómo se llama y brevemente en qué consiste esta originalidad nociva del sistema financiero argentino.
6.1.-CREDITOS PARA LA ADQUISICION DE CHEQUES:
Hay bancos públicos (Bapro y Ciudad), que han instrumentado una línea de crédito especial para comprar cheques, como modo de evitar que se consoliden anómalas situaciones en el flujo normal y habitual de la sucesión de pagos de la economía. Ambos bancos han comprado en los últimos días 3.800 millones de pesos en cheques.
En concreto este servicio financiero sui generis inyecta al sistema un crédito para comprar cheques en riesgo de ser no reembolsables al momento en que se cumpla el termino del vencimiento del plazo del título valor. La tasa que se cobra por este crédito es el del 29%.
Un factor que determinó la instrumentación de esta respuesta del sistema financiero y bancario se debe a que al mes de junio del 2018 en los últimos 12 meses se duplico la cantidad de cheques rechazados. Y esa duplicación se registró mensurada, tanto, en términos de la cantidad per se de cheques, como, en el volumen del dinero representativo de tales títulos de pago.
El sistema bancario de este modo se muestra activo y atento con un acto reflejo complementario en respuesta a las señales de escasez de liquidez que están ocasionando un extendido proceso de ralentización, con alternancia de morosidad, rechazos de títulos valores, y casos francos de cortes directos e indirectos de la cadena.
La alícuota de la tasa fijada en el 29%, habrá que seguirla en su comportamiento mediante un observatorio del impacto de esta terapéutica en razón de que va a generar un sobrecosto acumulativo a todo el sistema. Es decir, hay un impacto colateral, que es preciso estudiar atentamente a fin de determinar si el remedio no es más agravatorio del punto de arranque de la crisis del enlace de pagos.
Este fenómeno se puede caracterizar como comprendido bajo el boceto de solucionar lo urgente y dilatar lo importante en términos del tratamiento del problema subyacente. El núcleo problemático, entonces, sigue pendiente de resolución ya que lo que se hace es, meramente, trasladar desde el presente hacia un futuro incierto, una sustentable solución a este angostillo de flujos líquidos necesarios y suficientes en punto a lograr la operatividad solvente del mercado.
El impacto colateral señalado debe ser controlado con la idea de que este mecanismo de salvataje solo debe ser circunstancial, porque es un remedio desproporcionado, invasivo y exorbitante del funcionamiento estándar.
Es decir, no es sostenible que para la operación en tiempo y forma de los contratos que componen y reproducen el encadenamiento de pagos haya que introducir créditos-prestamos para que el titulo valor-cheque librado no sea frustrado en su fin cancelatorio directo y habitual.
El recorrido del cheque sin contrapartida de fondos en las cuentas de origen en los bancos no solo queda en la impugnación-rechazo, sino, que a su vez excitaría un clering de inhabilitación a lo que, hay que añadirle, las consecuencias desde el ángulo del derecho penal, ya que el libramiento de cheques sin fondos es una figura que tiene punibilidad.
Todo este fenómeno complejo, muy encadenado en sus facetas, es, sobre el que se está operando, a fin de evitar una mayor degradación y/o expansión deletérea hacia todo el sistema. Por lo pronto, entonces, solo se están apagando las incipientes y densas chispas con la administración de una liquidez que en si misma representa una mayor viscosidad del problema
7.-LOS DOS INSTITUTOS LEGALES DE REGULACION MACROECONOMICO SUGERIDOS. SUS EFECTOS SOBRE EL VALOR TRABAJO.
Es justificado en función de la clínica descripta sobre el mecanismo moderno de la creación de dinero, sugerir dos institutos de regulación macroeconómico con fuerte incidencia correctora de los efectos negativos descriptos. Uno de ellos es del orden del derecho vernáculo, y, el otro, es tomado del derecho comparado con implementación en específica en EEUU. El instituto nacional de regulación está plasmado en la ley n° 12.962, y estuvo dirigido a cambiar el carácter o titulo legal sobre el cual los bancos comerciales y todo el sistema financiero reciben los depósitos, y, a la vez, cómo funciona el mecanismo de creación, asignación y destino del dinero del público. Es más conocida esa norma por el nombre de régimen de nacionalización de los depósitos bancarios. A continuación se explica porque ello constituye un paradigma distinto respecto de la función del dinero y de la moneda impactando fuertemente sobre la transfiguración de la dinámica de la creación del dinero existente hasta ese momento, mediante el sistema de reserva fraccionaria.
Por otro lado es en general convergente con el instituto precitado, la regulación del derecho de EEUU, que se conoció con el nombre de sus impulsores legislativos Acta Glass Steageal, en tanto constituye una solución alternativa y complementario emergida de la experiencia histórica, arbitrada con el afán y en de punto a resolver también el problema de expansión incontrolada o restringida (inestabilidad) de la oferta monetaria con su secuela de especulación y encarecimiento del costo del dinero a tal punto de hacerse un obstáculo para el crecimiento real el PBI.
7.1.-INNOVACION ARGENTINA: REEMPLAZO DEL SISTEMA DE CREACION DE DINERO POR RESERVA FRACCIONARIA.
La reforma bancaria la dispuso el presidente de facto E. Farrel, a instancias de Juan D. Perón, y se prepara con la nacionalización del Banco Central, dispuesta según el decreto ley 8.503 -ratificado por la ley 12.962 y publicado en Boletín Oficial el 5 de abril de 1946- atribuyéndole el carácter de entidad autárquica nacional. Se transforma, de esta manera, de banco mixto en estatal. Se rompe de este modo el criterio de la autonomía del Banco Central que venía rigiendo por inspiración inglesa desde el año 1935 como consecuencia del pacto Roca – Runciman. Algo que los ingleses abandonan luego de la terminación de la Segunda Guerra y dan un giro hacia la estatización del banco central.
En un dato orgánico nada menor ya se puede ver un giro cardinal en el modo de la elección de las autoridades, pues, todos los miembros del directorio son ahora nombrados por el Poder Ejecutivo. Ese criterio nuevo da cuenta de que la política crediticia la marcan las autoridades políticas. En la legislación de 1935 el estado era minoría en el directorio.
A partir de esta legislación se adoptaron una serie de disposiciones enmarcadas en el decreto ley 11.554, que legisla sobre redescuentos y depósitos bancarios, este es un instrumento fundamental, pues, los bancos deben orientar el crédito en función de la categorización finalistica que formula el Banco Central.
Según el Artículo 1º ley 11.554 : […] los establecimientos bancarios procederán a registrar a nombre del Banco Central de la República Argentina […] los referidos depósitos, mediante los pertinentes asientos de contabilidad, así como los movimientos que por cancelaciones, retiros, transferencias o nuevos ingresos se produzcan en las respectivas cuentas. A tal efecto se confiere a los bancos mandato legal para actuar como agentes directos del Banco Central de la República Argentina, con las responsabilidades y deberes propios de ese carácter. Se estableció además la garantía del Estado sobre todos los depósitos efectuados, tanto en bancos oficiales como privados y un sistema con encajes de 100%, respecto a los depósitos que hacía imposible alterar el total de medios de pago, al contrario de lo que ocurría con el sistema ortodoxo basado en reservas fraccionarias.
“Como la nacionalización de los depósitos consistía básicamente en que los bancos privados y públicos recibían depósitos por cuenta y orden del BCRA, y por este motivo, el Estado Nacional garantizaba todos los depósitos de terceros. De esta forma los bancos perdían la posibilidad de prestar dichos fondos por su cuenta. Para remediar esta situación, el gobierno utilizó la figura del redescuento como mecanismo para que los bancos obtuviesen fondos para realizar préstamos a las empresas o entidades que el gobierno creyera conveniente, compensándose a los bancos mediante una comisión por los gastos
erogados para cumplir sus funciones ( Todeschini 2004 )
Como vemos lo instrumentos del ciclo 1946-55, son opuestos al paradigma privatista de 1935, y al sistema de reserva fraccionaria, pues, los depósitos se reciben por cuenta y orden del Banco Central. Es el único caso en argentina donde el estado perfilando un criterio de interés público concreta un paso inicial clave para poder hablar de soberanía mas allá de las invocaciones románticas, algo que cualquiera hablar y plasmar en declaraciones vacuas de pura política demagógica. En este caso, hay una instrumentación de interés público y soberanía monetaria aplicada sobre el motor mismo de la dirección y velocidad del aparato del dinero. Es un paradigma heterodoxo de tipo estratégico capaz de conducir y orientar los hechos sociales y económicos en pos de la gobernabilidad de las condiciones materiales de producción social con fines redistributivos.
Es imposible hablar de reproducción social con sentido de interés nacional, sino se hubiera incidido de modo quirúrgico sobre este aspecto neural de todos los puntos de conexión de la totalidad económica del país, incluyendo el tema del dinero.
Este paradigma que comenzó Farrel bajo el reflejo inspirador de Perón es una rara avis en el derecho de organización monetaria y un giro total en el criterio de creación y orientación del dinero como medio de aglomeración y modulación de las relaciones jurídicas susceptibles de valor económico.
En un capítulo de esta historia monetaria del país, casi olvidado, se desconoce casi totalmente que la transformación jurídica mas descollante en los puntos del programa de reformas fue cambiar el régimen monetario. Léase con la mayor diligencia de sentido posible, lo primero que encara el ciclo populista de la época del 1946 en adelante, fue la reforma del sistema monetario. Esto no es casualidad, nada de lo mucho y bueno que se hizo en términos del paradigma productivista industrial y de redistribución de la riqueza no se podría haber hecho sin que primero se hubieran definido estas cuestiones claves. Quién crea el dinero y qué autoridad, pública o privada, administra su orientación es decisivo. En este caso histórico, la situación fue que lo dejaron de hacer los bancos comerciales y lo comenzó a hacer y verificar el estado.
La canalización del dinero hacia la industria, la minería, la agricultura, el comercio, las viviendas, en definitiva, toda esa variedad múltiple de variables que conforman el consumo interno y masivo, pudo materializarse porque hubo especialización orgánica, funcional y temática en lograr una dinámica del valor con sentido de interés social y publico.
7.2.-TIPOS DE DINERO Y RESERVAS INTERNACIONALES EN EL PARADIGMA DEL DINERO BAJO EL CRITERIO DEL INTERES PÚBLICO.
Bajo la nueva administración que lleva adelante el régimen 1946-55, de los factores monetarios se da una situación categórica: El Estado tomaba bajo su control directo la creación de todo el dinero no sólo la de los billetes. Con lo cual controlaba directamente la lógica bancaria comercial y de inversión, reunida bajo la conducción unitaria de la incidencia pública del estado. En este punto hay una diferencia fundamental de la legislación arbitrada en la época post Gran Depresión del 29 con de Roosevelt, pues, mientras que en EEUU diferenciaban la función comercial y de inversión y, a la vez, prohibían la combinación de estas funciones, acá en cambio, las dos funciones se reconducen a ser gobernadas por el interés público y por el estado como titular de los depósitos. Más arriba se hablo de modo extenso que hay dos formaciones pecuniarias, en forma de dinero, uno monetizado y el otro de creación no monetizado, terciado por la aparición reciente del denominado sistema de creación de valor mediante la sobre negociación de títulos constitutivos de deuda hipotecaria, tal como sucedió con motivo de la crisis del 2008 con la conocida crisis de las hipotecas sub prime. Pero más allá de esa crisis que eclosionó parangonándose a la del año 1929, hay que decir que ese tipo de emersiones están en la naturaleza endógena del dinero que pregona la teoría monetarista-privatista del dinero y sobre todo en el contexto de la dinámica de la creación del dinero mediante el sistema de la reserva fraccionaria tal como se explicó más arriba.-
Una consecuencia de la transformación del paradigma que resulta trascendental plantearlo, máxime, en tiempos de neoliberalismo conceptual como el actual, tiene que ver con el desacople de la relación determinante-determinado, del dinero interno con las reservas internacionales del país.
Con el tópico del instituto del redescuento, ocurre que se da un verdadero giro copernicano. Re expresando de otro modo esta nueva dinámica del dinero con un carácter interrogatorio, vale preguntarse: ¿Cuál es la consecuencia práctica de estas nuevas postulaciones jurídicas monetarias trascendentales? Es la siguiente: la cantidad de dinero ya no estaría vinculada a las reservas internacionales, ni tampoco a los depósitos del público. Lo importante eran las autorizaciones que el Banco Central otorgaba a las instituciones financieras para que éstas inyectaran dinero en la economía, mediante la concesión de préstamos, convirtiéndose en meras intermediarias que trabajaban a comisión. No tenían capacidad de decidir a quién beneficiar con los créditos ni qué tasas cobrar, eran facultades exclusivas del Banco Central que relejaban las prioridades de política general.
Plantear esto en los ámbitos de discusión especializados del saber y el poder monetario es un sacrilegio, sin, embargo en un ámbito de abogados como este, donde la formación dialéctica y la búsqueda de respuestas del sentido social de la técnica, es propicio para plantear esta diferente óptica a la establecida modalidad monetarista vigente actualmente. El fundamento de esta visión alternativa no es teoría pura aunque tenga enfoques de ese tipo como marco hipotético, sino, que se afirma en experiencias de leyes y decretos que fueron convertidas en praxis histórica. Una praxis histórica que no fue neutra desde el punto de vista de los efectos de creación y redistribución progresía de la riqueza de modo inexcusable. Además, es legítimo el planteo en la especie, porque la especialización a veces se hace monopolio odioso, ante el pláceme de discurrir estos temas en exclusividad. El ciclo heterodoxo que citamos como caso opuesto al vigente, significó leyes y fueron realidades que están a disposición del interés del público y los intelectuales de cualquier orden y perfil. Por eso, esta praxis histórica que elegimos vale la pena plantearla en función de bregar por su re vigencia, bajo nuevas condiciones rescatándolas del olvido e invisibilizacion en la que han caído.
Lejos de caer en un partidismo bien vale la cita de una frase del ex presidente Juan D. Perón donde relata la concluyente trascendencia de esta ingeniería estratégica de precisión legal que desarrollo aquel ciclo, cuando se preguntaba en 1947:
“¿Qué era el Banco Central? Un organismo al servicio absoluto de los intereses de la Banca particular e internacional […]. En nombre de teorías extranjeras desoía los justos reclamos en favor de una mayor industrialización, que era la base de la independencia del país […]. Por eso, su nacionalización ha sido, sin lugar a dudas, la medida financiera más trascendental de estos últimos cincuenta años” (Perón, 1947).
7.3.-EL CICLO MONETARIO 1946-1955 FUE ORIGINAL EN EL MARCO DE LA CORRIENTES DOCTRINARIAS MUNDIALES EN BOGA.
El parte aguas en este tema pasa por la función del prestamista de última instancia, o, lo que es lo mismo, si el estado a través de la autoridad bancaria central es garante del sistema bancario y monetario desde un rol de mercado libre, o no.
También hay países en que en algún momento de la historia no tuvieron Banco Central como prestamista de última instancia, pero este caso que hoy es teórico, no obstante, en ese supuesto, la falta de red de seguridad teóricamente obliga a que la concesión de crédito este asociada a coeficientes de liquidez más altos.
Dentro del esquema de países en donde si funciona el prestamista de última instancia hay dos casos de supuestos diferentes. Aquellos que defienden una banca libre, con patrón oro y 100 % de reservas; y aquellos que defienden una banca libre, con patrón oro, y reserva fraccionaria. Pero estas dos variantes a pesar de que se diferencian por el coeficiente de reservas liquidas ambos coinciden en que el papel del estado es neutro respecto de la injerencia sobre la base monetaria, la creación de dinero y la orientación del mismo. Porque ambos se basan en un sistema bancario y financiero de mercado libre. El estado en estos dos casos juega un rol de red de seguridad mediante un salvataje por si ocurriera la quiebra de un banco, o varios, pero nada más. En cuanto a los modos de cómo dispone un salvataje el prestamista de última instancia pasa por la modalidad en como gestiona el riesgo de quiebra de los bancos comerciales. El riesgo de los bancos comerciales consiste en que ante la disponibilidad de los depósitos para crear dinero y prestarlo incurra en falta de contrapartida para afrontar las obligaciones ante los sujetos del sistema. Y, ¿ como lo gestionan?. Incurriendo en una sustitución del riesgo. Las variantes de sustitución de riesgo de contrapartida son transferidas al sistema en sí. Es decir, generan un riesgo sistémico a partir una falla específica de uno o varios bancos. Esta última cuestión se traduce en que financian los rescates, el estado, mediante inflación monetaria, o mediante la emisión de deuda. Pero si financian con inflación, en razón de que amplían la oferta monetaria para salvar los balances, terminan creando el riesgo divisa, porque se propaga la desconfianza de los usuarios, ahorristas y prestatarios del sistema, y se desencadena una corrida buscando refugio desde la moneda nacional hacia la divisa prevaleciente. A su vez, si se financia con emisión de deuda, se dispara el riesgo denominado soberano, que consiste en el desequilibrio que gesta la toma de deuda por parte del estado en divisa extranjera, con lo cual se introduce un elemento de tensión mayúsculo sobre el sistema económico.
Ante este cuadro de variantes en el mundo, el régimen argentino del año 1946, se diferencio de plano porque sale del esquema o presupuesto del sistema bancario, monetario y financiero del mercado libre, para pasar a un esquema de control y regulación estatal de la dinámica sistémica.
Esto lo explico, el Ministro de Hacienda 1946, Ramón Cereijo quien sostuvo en un discurso pronunciado en 1950 en EUA: “[…] Su institución representa una solución originalísima que no ha sido tomada de moldes conocidos ni es el resultado de la experiencia bancaria de otros países. Dicho régimen ha sido establecido en nuestro país ponderando las condiciones de estructura y coyuntura de su sistema económico, estimando sus posibilidades potenciales y haciendo un análisis realista de toda nuestra experiencia bancaria anterior […]” (Cereijo, 1950). Y años más tarde, en una entrevista el doctor Alfredo Gómez Morales en estos términos: “Lo cierto es que la génesis de la reforma puede encontrarse en las necesidades que surgían del propio cuadro descripto por el mismo mensaje del Poder Ejecutivo […]. No significaba otra cosa que resolver, con decisión y sin vacilaciones limitativas, el problema planteado y extender con valentía algunos de los principios que en el mismo se desarrollaban. La solución adoptada es perfectamente natural dentro de una concepción nacionalista en la que se atribuye al Estado una misión protagónica en la expansión económica; si la emisión monetaria, tratada en la propia Constitución de 1853 como la acuñación de moneda, es atributo indelegable de la Nación a través de los Organismos que ésta establezca la creación de dinero bancario, que equivale a la emisión, también debe ser una facultad que cuente con resguardos similares [….] (Gómez Morales, 1971).
7.4.-LA LEY GLASS STEGALL HERENCIA DE ROOSEVELT: SEPARACION Y PROHIBICION DE COMBINACION ENTRE BANCA DE DEPOSITOS Y BANCA DE INVERSION.
Impuesta el 16 de junio de 1933 por Franklin D. Roosevelt, fue derogada el 12 de noviembre de 1999 en la era Clinton.
Esta separación y prohibición de combinación de operatorias comerciales y de inversión financiera, surge después de la crisis de 1929, impuso una regulación preventiva de especulación entre los bancos de inversiones y los comerciales o minoristas, para proteger los depósitos de los pequeños ahorristas.
Hay que tener en cuenta que la financiación de los bancos de inversiones por ser de una escala muy alta, depende preponderantemente de los préstamos entre establecimientos, esto es, mercado interbancario, y si está unida a la banca comercial, los ahorros y depósitos de estos son arrastrados por la lógica gravitacional del apalancamiento de la banca de inversión.
Por esta vía los depósitos de los particulares elevan el riesgo a través de la vinculación con la creación de productos financieros.
Lo riesgoso de la banca de inversión es que puede crear productos de inversiones para sus clientes o por cuenta propia, con lo cual el ancla con los valores reales se difumina y la posibilidad de armar burbujas aumenta.
Un ejemplo de lo que puede suceder con los actos fallidos de la banca de inversión fuertemente apalancada es lo que paso con la catástrofe a Lehman Brothers y a otras instituciones, que sufrieron pérdidas colosales en operaciones conectadas al mercado de los préstamos inmobiliarios de riesgo en Estados Unidos.
Entonces, el laboratorio financiero lo que hizo con las sub prime fue usar como base de operaciones la compraventas de viviendas con préstamos hipotecarios y armar bloques combinados con contratos con garantía inmobiliaria donde se disimulaban los de más alto riesgo o incobrables.
Luego de la gran depresión en 1929 la Glass Steagal se sancionó para evitar escenarios de especulación por medio de la bolsa de valores, lo llamativo es que al derogarse en 1999, luego, en el 2008, se produce una situación de crack de la bolsa similar a la del año 1929.
Esta separación de funciones y la prohibición de combinar operaciones de banca comercial con financieras, mientras estuvo vigente contribuyó a limitar el tamaño de los grupos bancarios estadounidenses.
La banca central estadounidense intentó eliminarla abiertamente a partir de 1986, pero hasta 1999 no lograría convencer al Senado de abolir este último «vestigio de los años 30», con el lobby reclamando la fusión gigante entre City y Travellers durante el segundo mandato de Bill Clinton. Desde ese momento los bancos comerciales pudieron tomar más riesgos y apalancarse más, ya que eran al mismo tiempo bancos comerciales y de inversión.
8.-CONCLUSION.
La hipótesis central desarrollada ha sido que hay un factor de conflictividad social y laboral, nociva de por si, que esta alojada en las relaciones económicas y jurídicas, en el mecanismo de creación del dinero que contiene en su misma naturaleza un altísimo poder de influencia sobre la conflictividad regresiva y destructivas de las relaciones sociales.
Keynes, mismo, había planteado que el nuevo dinero inyectado en la demanda es creador de nuevo poder adquisitivo aunque fuese relativamente inflacionario, a su vez y desde otros presupuestos, J.B Say, había afirmado que el poder adquisitivo nuevo es sostenible y no inflacionario si viene generado desde la oferta, es decir, de la producción de nuevos bienes y servicios.
Respetando la polaridad de los grandes teóricos de la economía, en este trabajo se ha planteado solo un perfil de esa cuestión de fondo, pero, entendiendo que es previa y más puntualmente influyente y critica si se quiere, y es que la mecánica moderna del dinero al no dejar de crear valor ex nihilo en los medios de pago, logra discontinuar de modo disruptivo la relación de lo monetario con la creación de valor mediante la producción y el trabajo.
Es decir, esa creación de valor dinero como deuda a través de la ampliación del crédito bancario constituye ipso facto, la creación de una lógica de vampirizacion constante del valor generado por el lado del PBI.
Es tan profunda la significación de la creación ex nihilo de dinero que no solo no significa la transferencia representativa de valor agregado, sino, que además, llega hasta el punto de no transferir ni siquiera dinero monetizado equivalente al que figura en la contabilidad bancaria. Esta última situación es la que se logra por efecto de la creación de dinero mediante el sistema de la reserva fraccionaria básicamente.
Con este horizonte monetario negativo que tiene la cualidad de ser un poder objetivamente establecido y hasta indiscutido, las posibilidades de dejar la lógica de una conflictividad social destructiva y a pasar a una conflictividad social que sea progresiva y por puja de redistribución de la riqueza, es muy difícil.
En este punto de la discusión según el planteo realizado, se osa, hacer a titulo de propuesta correctiva y de divulgación en ámbitos de debate especializados, la rememoración de una técnica de creación del dinero y titularidad de la tenencia del dinero en poder del público, basado en la reserva en la unidad, es decir, el cien por ciento de los depósitos que los bancos captan y por cuenta y orden del estado.
Este último aspecto no es otra cosa que la reedición teórica en este trabajo de un caso historio argentino que consistió en la vigencia de un nuevo paradigma de régimen monetario y de creación de valor en la etapa 1946-1955.
El planteo fue enfocado en la idea de que este último régimen monetario heterodoxo argentino constituye una solución válida y probada en la praxis de la historia, al grávido tema del privilegio exuberante dado a los bancos por la practica ortodoxa, consistente en captar dinero del público y sobre esa base crear dinero fiduciario que es endógeno al sistema bancario y al régimen monetario. Reafirmando en este contexto que esta solución ortodoxa a la creación de dinero a través del crédito creando deuda, conlleva una clara pérdida de incidencia del estado como poder público decisor y conductor del proceso de creación de dinero.
Coadyuvando a lo planteado en el párrafo anterior, y en línea con esas soluciones heterodoxas, se revaloriza una institución del derecho de EEUU, que consistió básicamente en dos cosas, por un lado prohibir que la banca comercial y de inversión funcionen en una unidad empresaria. Y por otro lado, que aunque no estén unidas en un unidad de administración y de entidad jurídica, la prohibición que se combinen en la praxis bursátil, y financiera. Remarcar en ese orden de ideas que no es casual, que la derogación en el año 1999 del Acta Glass Stegeal, pues, a menos de diez años se incubo una crisis en el año 2008 conocida como de las hipotecas sub prime, de la cual no hemos salido como mundo o bloque financiero internacional. Estas cuestión no es teórica, pues, la socialización de las pérdidas que implico tal crisis, significa que hubo una transferencia del valor real del mundo de las relaciones económicas basada en el trabajo vivo, hacia la entelequia financiera, de proporción descomunal. Se calculan hasta 7 billones de dólares en asistencia para tapar y maquillar la hoja del balance del mundo financiero, hecho imposible de ocurrir fuera de la burbuja de la financiarizacion del poder, sucedido a expensas de una escandalosa subsidiaridad de la sociedad mundial en asumir esas pérdidas.
Es una función estale del sistema que el derecho laboral juega su rol de asignador de unidades de valor en función del valor justicia en la arbitración del conflicto social que cae bajo su órbita jurisdiccional. Pero hay que introducir una diferencia fundamental en la relación conflicto social y rol del derecho laboral, y es que, bajo la dinámica del conflicto social regresivo, es decir, destructivo de las relaciones sociales, el rol jurídico laboral desde el punto de vista social objetivo, también será regresivo, porque habrá menos valor monetizado que asignar entre justiciables. Al revés en un marco de lógica de dinamización de conflicto social progresivo, es decir, de disputa del valor y la renta, el papel del derecho laboral será progresivo porque vera fortalecido el rol objetivo social de asignador de potencias de valor con un sentido expansivo redistributivo.
Entonces, la relación de base es la conflictividad social, luego esa conflictividad puede ser destructiva o reproductiva, según, sea a su vez la relación con mas de un factor, de poder, pero, sobre todo, en como sea la relación con el factor de creación del dinero y la tenencia de los depósitos del público respecto del sistema bancario.
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