LA REFORMA LABORAL QUE QUEREMOS EN EL MARCO DE LAS PRÓXIMAS ELECCIONES PRESIDENCIALES

En diferentes notas periodísticas, encuentros con empresarios y en el último debate presidencial previo a las elecciones generales, varios candidatos y candidatas han realizado propuestas de reforma laboral sumamente regresivas y perjudiciales para trabajadores y trabajadoras, y sus organizaciones sindicales. Entre estas propuestas, se pueden mencionar la reducción y eliminación de las indemnizaciones por despido y por trabajo no registrado; la creación de un fondo de cese laboral para facilitar los despidos; la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo que forzaría a una permanente renegociación de los mismos; el desconocimiento y limitación del derecho a huelga, etc.

La pretensión de los sectores ligados a los poderes económicos concentrados de quitar derechos laborales y borrar así conquistas históricas del movimiento obrero, no es para nada nuevo en nuestro país. Basta retrotraernos a la última dictadura cívico-militar que mutiló la Ley de Contrato de Trabajo original y cuyo contenido lamentablemente en lo esencial continua vigente en la actualidad. Pese a que en los hechos esa mutilación hoy se expresa con más de un 40% sin registración, formas precarizadas de contratación como se observa en los casos de plataformas digitales y trabajadores y trabajadoras tercerizadas, salarios y jubilaciones miserables, con las propuestas de reforma laboral antes mencionadas, se pretende aumentar la explotación de las inmensas mayorías sociales generadoras de la riqueza, para beneficio de la ínfima minoría que conforma la clase dominante.

A diferencia de las propuestas de reforma laboral realizadas por los principales candidatos en las próximas elecciones presidenciales, la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas viene reclamando desde larga data una reforma laboral que amplíe los derechos de trabajadores y trabajadoras con vista al progreso social y a la emancipación definitiva de la clase que vive de su trabajo. Es por ello que, entre otros puntos, nuestra Asociación reclama y exige a los poderes del Estado que se materialice esa mentada reforma, para lo cual resaltamos:

1) Que se cumpla con las disposiciones del art. 14 bis de la Constitución Nacional, cuya normativa es ignorada en la práctica. Es urgente que se operativicen sus contenidos pues allí se centran derechos esenciales y humanos de las y los trabajadores;

2) Que se eliminen todas y cada una de las disposiciones vigentes impuestas por la dictadura cívico militar a la Ley de Contrato de Trabajo;

3) Que se restablezca el contenido original de la Ley de Contrato de Trabajo y supere el piso mínimo a favor de trabajadores y trabajadoras;

4) Que se reconozca la estabilidad laboral, prohibiendo los despidos sin causa, dado que en esta sociedad el trabajo es la única garantía para la vida de las personas que solo cuentan con su capacidad de trabajo;

5) Que se democraticen las relaciones laborales en el ámbito de la empresa y se ponga un coto a las facultades de organización del empleador por sobre la persona que trabaja en ese espacio;

6) Que se adecue la ley de riesgos del trabajo a los estándares constitucionales, Convenio OIT 155 y Protocolo 2002 y Convenio OIT 190, terminando con el negocio de las ART;

7) Que los derechos colectivos, sindicales y de huelga sean respetados en todo su alcance tanto legislativa como jurisprudencialmente;

8) Que los salarios y los ingresos alcancen a cubrir la canasta familiar y se cumpla con la Ley de Contrato de Trabajo sobre los rubros que debe satisfacer el salario mínimo vital y móvil;

9) Reducción de la jornada de trabajo sin reducción del salario.

10) Que se reconozcan los trabajos de cuidado, consagrando licencias amplias y obligatorias para todos los géneros. Asimismo, con enfoque feminista, se modifiquen las normas de la LCT que consagran la división sexual del trabajo en perjuicio de las mujeres trabajadoras, basada en estereotipos binarios, adecuando sus estándares de protección al bloque federal de constitucionalidad (CEDAW, Convención Belem do Para, Convenio OIT 190)

Lo señalado es solo a título de ejemplo de la reforma laboral que es indispensable para avanzar en una necesaria transformación social, y no la que pretenden los adalides del sistema, que nos quieren llevar al siglo XVIII, permitiendo el trabajo infantil, las horas de trabajo hasta el agobio y condiciones de trabajo que causen enfermedad y muerte, aumentando la masa de desocupados sin destino y contribuyendo a consolidar una sociedad que se destruye.

Somos conscientes de la gravedad de la situación, pero la salida no es atacando los derechos de las mayorías sociales, sino, por el contrario, mejorando las condiciones de vida de la clase trabajadora. Esta Asociación, comprometida con los derechos laborales y la justicia social, exige a la dirigencia política la observancia del principio de preferente tutela de las personas trabajadoras y el resto de todos los derechos humanos que les corresponden.