Los empleadores deberán garantizar espacios de cuidados para niñes

Por María Paula Lozano, María Marta Terragno y Luciana Censi
27 julio, 2022
El 23 de marzo de 2022 fue publicado el decreto nacional 144/02 que reglamenta el art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo que indica: “En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan”.
Luego de 48 años, se ha dictado la reglamentación que la LCT ya ordenara en 1974, garantizando un aspecto importante del derecho a los cuidados en la niñez, obligando a las empresas que ocupen a 100 personas o más, a disponer de espacios de cuidados en sus establecimientos.
Nota completa en La Causa Laboral