LCL 75

El caso «Bazán» y la oposición de los jueces naturales de la Cámara laboral al traspaso de la justicia de la Ciudad

David Duarte
Por David Duarte 30 mayo, 2019
I Introducción
Con fecha 10 de abril de 2019, los jueces nacionales del fuero del trabajo decidieron oponerse al traspaso, mediante la Resolución n°5i, frente a la arremetida que traccionó la Corte nacional con el dictado del caso “Bazan”ii en el que prácticamente de hecho decide trasladar a la justicia de la Ciudad la resolución de un conflicto típico que legalmente le corresponde al Tribunal Supremo de la Nación.
En el caso “Bazan” el Máximo Tribunal Federal se expidió en un conflicto negativo de competencia, planteado entre el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Juzgado Nacional de Menores n° 5, porque ambos se declararon incompetentes para entender en una causa sobre lesiones y daños. En virtud de ello, intervino por mandato del art. 24, inciso 7 del decreto-ley 1285/58, pero, por mayoría, sin resolver el conflicto y apartándose de la citada norma ya que no es el superior común conforme la Constitución Nacional y normas reglamentarias. Sin embargo, la Corte decidió que “…de ahora en más, será Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el órgano encargado de conocer en los conflictos de competencia que se susciten -como en el caso- entre órganos jurisdiccionales con competencia no federal con asiento en esa ciudad…” (Considerando 17 de la mayoría integrada por los jueces Lorenzetti, Maqueda y Rosatti). Sin que haya un acto jurídico relevante que justificara el cambio en ese momento, como para dar razones objetivas a la decisión “de ahora en más”, lo que parece apoyarse en la mera subjetividad voluntariosa de esos jueces.
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