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AAL rechazó en Diputados el proyecto de ley sobre «Equidad de Géneros»

La Comisión de la Mujer Trabajadora participó del debate de comisiones

El 2 de octubre, la Comisión de la Mujer Trabajadora de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, representada por las Dras. Graciela Sosa y Fabiana Sosa, participó en una sesión de trabajo de comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación sobre los Proyectos de Equidad de Géneros, junto a varias organizaciones de la sociedad civil.

Todas las expositoras expresaron su rechazo contundente y categórico al proyecto oficial enviado el 9 de Marzo por el P.E.N. y ratificaron su apoyo al proyecto presentado por la Intersindical de Mujeres.

Nuestras representantes acercaron nuestra postura, entregando el dictamen elaborado por COMUTRA- A.A.L., en el que se efectuó un análisis crítico de ambos proyectos, el cual fue digitalizado e incorporado al debate dentro del seno de las comisiones, conforme fuera anunciado al final de la sesión y puede leerse aquí.

La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas, a través de la Comisión de la Mujer Trabajadora, ratifica el rechazo al Proyecto del Poder Ejecutivo Nacional del denominado “Ley sobre equidad de género e igualdad de oportunidades en el trabajo”, que actualmente se encuentra en tratamiento en las Comisiones de Legislación del Trabajo y Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.

Coincidimos con las demás organizaciones civiles y sindicatos en el rechazo al proyecto del Poder Ejecutivo Nacional, rescatamos la ampliación de licencias y aquéllas medidas que contribuyan a la corresponsabilidad y participación igualitaria en materia de cuidados. No aceptamos intromisiones de ningún tipo en los sindicatos ni asociaciones de trabajadorxs Y remarcamos que no pueden admitirse retrocesos en materia de actos discriminatorios, tal como lo disponen las leyes nacionales e internacionales y lo ha reconocido la jurisprudencia laboral.

Reafirmamos que, frente a la existencia de un acto discriminatorio, la única solución compatible con el bloque federal de constitucionalidad vigente es la NULIDAD del mismo, no existiendo tarifa que repare en forma adecuada tal ilícito, debiendo disponerse el cese de dicho acto antijurídico, la nulidad de la conducta prohibida y la plena reparación de los daños y perjuicios ocasionados. El acto discriminatorio vulnera derechos humanos fundamentales y la dignidad, condición intrínseca de todas las personas, por lo que entendemos que sólo la nulidad de los actos discriminatorios permitirá construir una sociedad equitativa y sin privilegios.